Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª De los organismos públicos§ Subsección 1.ª De los Organismos Autónomos

Art. 58

En vigor desde 15 mar 2019
La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial corresponderá a la persona que ejerza la gerencia o presidencia de los respectivos Organismos Autónomos.
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eli/es-nc/lf/2019/03/11/11#art-58

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