Título TÍTULO IX

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 28 dic 2012
Las distintas instituciones de la Comunidad Foral de Navarra adoptarán en su propio ámbito de competencias, en el plazo de un año, medidas de transparencia y participación y colaboración ciudadanas conforme a los principios y previsiones contenidos en la presente Ley Foral.
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eli/es-nc/lf/2012/06/21/11#disposicion-adicional-cuarta

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