Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. 42

En vigor desde 26 ene 2019
Los gastos de publicidad derivados de contratos de patrocinio de aquellas actividades culturales que sean declaradas de interés social darán derecho a practicar las deducciones previstas en la legislación foral tributaria.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/lf/2019/01/15/1#art-42

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil