Art. Disposición transitoria

En vigor desde 2 mar 1993
El Consejero de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra adoptará las medidas necesarias para que el Consejo Navarro de Medio Ambiente se constituya dentro del primer mes siguiente a la entrada en vigor de la presente Ley Foral.
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eli/es-nc/lf/1993/02/17/1#disposicion-transitoria

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