Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 25

En vigor desde 21 abr 1993
Los Cuerpos de funcionarios de la Administración de la Diputación Regional de Cantabria pueden ser de Administración General y de Administración Especial: a) Son funciones a desarrollar por los Cuerpos de Administración General las de carácter administrativo genérico ya sean de asesoramiento, gestión, control, ejecución y actuación administrativa, así como funciones de auxilio, también de carácter administrativo. b) Son funciones a desarrollar por los Cuerpos de Administración Especial las que sean objeto de una profesión, arte u oficio determinado a titulación específica.
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eli/es-cb/l/1993/03/10/4#art-25

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