Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 25
En vigor desde 16 abr 1992
La Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, una vez oídos los órgnos consultivos creados al efecto, hará públicas las reglamentaciones que regulen el ejercicio de la caza y la pesca en Cantabria para cada temporada, así como las reglamentaciones específicas que tengan por finalidad el ordenado aprovechamiento de la fauna silvestre.
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Proeli/es-cb/l/1992/03/18/3#art-25