Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección cuarta. Plan estratégico universitario en investigación de excelencia

Art. 36

En vigor desde 12 ene 2023
1. El otorgamiento de la credencial de instituto propio excelente en investigación, desarrollo e innovación comporta, por parte de la universidad y el instituto, trabajar para la consecución de los siguientes compromisos: a) Promover y facilitar la movilidad, el intercambio y la colaboración científica. b) Colaborar con los departamentos excelentes en investigación, desarrollo e innovación, mediante políticas propias. c) Colaborar con los departamentos que aspiran a la obtención o la renovación de la credencial de departamento excelente en investigación, desarrollo e innovación durante todo el proceso. 2. El instituto de investigación, para obtener la credencial de instituto propio excelente en investigación, debe tener un comité científico de evaluación externa.
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eli/es-ct/l/2022/12/21/9#art-36

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