Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección cuarta. Plan estratégico universitario en investigación de excelencia

Art. 34

En vigor desde 12 ene 2023
1. AQU Cataluña aprueba, convoca, organiza y gestiona los procesos de valoración o evaluación externa para la obtención de la credencial de los departamentos, institutos de investigación propios o centros adscritos con actividad de investigación, desarrollo e innovación que participen en el Plan estratégico universitario en investigación de excelencia, así como los de su renovación. 2. AQU Cataluña debe aprobar unos indicadores objetivos, conocidos, medibles e internacionalmente homologables para la valoración o evaluación de los departamentos. En la valoración o evaluación de institutos de investigación propios y de centros adscritos con actividad de investigación, desarrollo e innovación, AQU Cataluña debe seguir los parámetros habituales en evaluaciones de centros de similares características a nivel internacional. La valoración o evaluación de AQU Cataluña puede corresponder a la Comisión de Evaluación de la Investigación o cualquier otra comisión creada por AQU Cataluña de acuerdo con su marco legal. 3. AQU Cataluña otorga las credenciales del Plan estratégico universitario en investigación de excelencia para un período de cinco años, renovable por períodos iguales, con la condición de la superación previa de una valoración o evaluación positiva para la renovación.
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eli/es-ct/l/2022/12/21/9#art-34

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