Capítulo CAPÍTULO II

Art. 9

En vigor desde 30 dic 2021
El ICANE mantendrá un canal de comunicación para identificar las necesidades de los diferentes tipos de usuarios en materia estadística, que incluirá un sistema para medir la utilidad y valoración de las estadísticas disponibles.
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eli/es-cb/l/2021/12/20/9#art-9

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