Título TÍTULO V

Art. 69

En vigor desde 12 ene 2019
1. Las Administraciones y entidades públicas de Cantabria fomentarán la innovación e investigación aplicada al desarrollo de entornos, productos, servicios y prestaciones que garanticen los principios de inclusión, accesibilidad universal, diseño para todas las personas y vida independiente en favor de las personas con discapacidad. 2. Se establecerán medidas encaminadas a fomentar la investigación e innovación en prevención de las situaciones de discapacidad y mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad.
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eli/es-cb/l/2018/12/21/9#art-69

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