Título TÍTULO VI
Art. 73
En vigor desde 12 ene 2019
Las infracciones previstas en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley General de Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en la Sección 2.ª del Título III de la citada norma.
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Proeli/es-cb/l/2018/12/21/9#art-73