Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 89
En vigor desde 18 ene 2017
Están sometidas a la inspección en materia de servicios sociales las prestaciones económicas, las actividades de prestación de servicios sociales de todas las entidades, públicas y privadas, con independencia de la existencia o no de ánimo de lucro, de su situación administrativa, de la denominación formal de la actividad, así como del lugar donde la persona titular tenga su sede social o domicilio legal.
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Proeli/es-an/l/2016/12/27/9#art-89