Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 8

En vigor desde 1 ene 2015
La Generalitat, a través de la conselleria competente en materia de cultura, la Acadèmia Valenciana de la Llengua y el Consell Valencià de Cultura promoverá y garantizará la difusión adecuada de contenidos relativos a la historia, la lengua y la cultura valenciana en el ámbito docente y a través de Internet y demás medios de comunicación. La Generalitat adoptará las medidas oportunas para que el acceso a buscadores sea posible y esté garantizado en lengua valenciana.
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eli/es-vc/l/2014/12/29/9#art-8

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