Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección tercera. Prestaciones económicas

Art. 27

En vigor desde 6 nov 2014
El Gobierno de Aragón garantizará las ayudas para la integración familiar, con carácter periódico o de emergencia puntual, con objeto de preservar el mantenimiento de las unidades familiares con menores a su cargo, evitando el internamiento de estos en centros residenciales o la adopción de medidas de protección que impliquen la separación de los menores de su núcleo familiar.
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eli/es-ar/l/2014/10/23/9#art-27

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