Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección segunda. Medidas fiscales
Art. 26
En vigor desde 6 nov 2014
El Gobierno de Aragón promoverá la inclusión de exenciones y bonificaciones en las tasas y precios públicos de su competencia que graven servicios o actividades de carácter cultural, educativo, social o sanitario, para aquellos obligados al pago que integren familias de especial consideración.
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Proeli/es-ar/l/2014/10/23/9#art-26