Art. 26
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección segunda. Medidas fiscales

Art. 26

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En vigor desde 6 nov 2014
El Gobierno de Aragón promoverá la inclusión de exenciones y bonificaciones en las tasas y precios públicos de su competencia que graven servicios o actividades de carácter cultural, educativo, social o sanitario, para aquellos obligados al pago que integren familias de especial consideración.
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eli/es-ar/l/2014/10/23/9#art-26