Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 8.ª Tasa por envío de comunicaciones automatizadas de mensajes cortos de texto
Art. 74
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
La tasa se devenga en el momento en que se presta el servicio o se ejecuta la actuación, sin perjuicio de la posibilidad de exigir el depósito previo.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-74