Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Tasa por los servicios prestados por el Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha

Art. 75

En vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha consistentes en los siguientes: 1. Expedición de certificados. 2. Diligenciado de libros sociales y contables obligatorios. 3. Depósito de cuentas anuales. 4. Inscripciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-75

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil