Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 8.ª Tasa por envío de comunicaciones automatizadas de mensajes cortos de texto

Art. 72

Derogado
En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas, jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten el servicio que integra el hecho imponible.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-72

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