Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 6.ª Tasa por la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración Regional

Art. 374

En vigor desde 2 dic 2012
Están exentas del pago de esta tasa las Administraciones Públicas, siempre que la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración regional se realice para actividades de formación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-374

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil