Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 6.ª Tasa por la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración Regional
Art. 374
En vigor desde 2 dic 2012
Están exentas del pago de esta tasa las Administraciones Públicas, siempre que la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración regional se realice para actividades de formación.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-374