Art. 374
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 6.ª Tasa por la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración Regional

Art. 374

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En vigor desde 2 dic 2012
Están exentas del pago de esta tasa las Administraciones Públicas, siempre que la utilización de las instalaciones de la Escuela de Administración regional se realice para actividades de formación.
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