Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 7.ª Tasa por la inscripción en el registro de formadores de empleados públicos
Art. 375
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por los órganos administrativos competentes, de los servicios relativos a la inscripción o, en su caso, renovación de la inscripción en el registro de formadores autorizados para impartir o colaborar en las acciones formativas derivadas del plan de formación de los empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-375