Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 31.ª Tasa por autorización de entidades y profesionales para el seguimiento de puntos críticos de la declaración de impacto ambiental

Art. 218

En vigor desde 31 may 2016
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 145,00 euros por solicitud. Se modifica por el .25 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725

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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-218

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