Capítulo CAPÍTULO III

Art. 16

En vigor desde 1 abr 2011
Sin perjuicio de los demás recursos que en el mismo puedan integrarse, el Fondo para el Desarrollo Tecnológico de las Energías Renovables y el Uso Racional de la Energía, se financiará con los ingresos obtenidos del canon eólico conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la presente norma.
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eli/es-cm/l/2011/03/21/9#art-16

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