Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
En vigor desde 23 abr 1999
La Comunidad de Madrid apoyará, a través de las siguientes medidas y otras que oportunamente puedan establecerse, a los museos y colecciones declarados de interés regional:
a) Ayudas económicas para gastos de funcionamiento.
b) Asesoramiento técnico y organizativo.
c) Fomento y apoyo a las actividades de restauración.
d) Apoyo a la documentación y difusión del patrimonio museístico.
e) Cualesquiera otras que puedan establecerse mediante Convenios para desarrollar la colaboración con dichos museos y colecciones.
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Proeli/es-md/l/1999/04/09/9#art-9