Título TÍTULO II

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 8 ene 1987
El Centro Dramático de la Generalitat Valenciana y la Filmoteca Valenciana se adscribirán, con efectos del ejercicio presupuestario de 1987, al Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/1986/12/30/9#disposicion-transitoria-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil