Capítulo De las operaciones financieras

Art. Disposición final primera

En vigor desde 3 ago 1983
En el plazo de un año el Gobierno remitirá a las Cortes un proyecto de Ley sobre supresión y refundición de las Organismos Autónomos, en los casos en que así lo aconsejen los resultados de las previsiones y evaluaciones que se efectúen.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1983/07/13/9#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil