Título TÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 24 dic 2025
La promoción, fomento y desarrollo de las universidades populares de Canarias podrá ser financiada también con recursos que provengan de entidades, organismos o empresas privadas.
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eli/es-cn/l/2025/12/16/8#disposicion-adicional-segunda

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