Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 39

En vigor desde 16 ene 2019
1. Constituido el pleno, que estará compuesto en la forma que se determina en el artículo siguiente, este elegirá de entre sus miembros con derecho a voto al titular de la presidencia y de una o dos vicepresidencias, que lo serán también del comité ejecutivo, así como a los demás miembros de este comité ejecutivo. 2. El reglamento de régimen interior del Consejo de Cámaras de Castilla y León regulará el procedimiento para la elección de la presidencia y demás miembros del comité ejecutivo.
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eli/es-cl/l/2018/12/14/8#art-39

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