Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 40
En vigor desde 4 feb 2018
La Agencia Andaluza de Cooperación para el Desarrollo impulsará, a través del Plan Andaluz de Cooperación al Desarrollo, proyectos que promuevan y defiendan el derecho a la vida, la igualdad, la libertad y la no discriminación de las personas LGTBI en aquellos países en que estos derechos sean negados o dificultados, legal o socialmente, por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género, así como la protección de personas frente a las persecuciones y represalias.
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Proeli/es-an/l/2017/12/28/8#art-40