Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 25 sept 2013
Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado de la presente ley se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.
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Proeli/es-ar/l/2013/09/12/8#disposicion-adicional-primera