Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 32
En vigor desde 1 ene 2013
Solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracciones administrativas las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de los mismos aun a título de simple inobservancia.
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Proeli/es-md/l/2012/12/28/8#art-32