Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 16
En vigor desde 7 nov 2007
La organización, funciones, contenido, régimen de publicidad, remisión de información, estructura y procedimientos registrales del Registro andaluz de museos y colecciones museográficas se establecerán reglamentariamente.
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Proeli/es-an/l/2007/10/05/8#art-16