Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 8
En vigor desde 6 dic 2002
La Comunidad de Madrid, atendiendo al objetivo de generar nuevos yacimientos de empleo en el ámbito de la juventud, promoverá la formación de técnicos cuyo ámbito de actuación sea el campo juvenil.
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Proeli/es-md/l/2002/11/27/8#art-8