Art. 2
En vigor desde 9 oct 2002
El Colegio de Educadoras y Educadores Sociales de las Illes Balears agrupa a las personas que poseen la titulación de diplomatura en Educación Social, así como a aquellas que se encuentren en algunos de los casos que prevé la disposición transitoria tercera, después de la correspondiente habilitación.
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Proeli/es-ib/l/2002/09/26/8#art-2