Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 24 dic 2002
Se autoriza al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias a proceder a la actualización de las sanciones de acuerdo con las variaciones del índice de precios al consumo.
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Proeli/es-as/l/2002/10/21/8#disposicion-adicional-segunda