Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 23
En vigor desde 15 dic 1999
El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales prestará especial atención al diseño y puesta en marcha de un programa para la recuperación y reforestación de los cauces fluviales públicos del Espacio Natural Doñana y de su Área de Influencia Socioeconómica, como uno de los elementos claves para el mantenimiento de la biodiversidad y la diversidad paisajística.
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Proeli/es-an/l/1999/10/27/8#art-23