Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 64

En vigor desde 26 sept 2017
En materia de responsabilidad en los viajes combinados será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, así como el régimen sancionador de la presente ley. Se modifica por el .11 de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre. Ref. BOE-A-2017-11784#a7

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eli/es-cm/l/1999/05/26/8#art-64

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