Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 22

En vigor desde 19 ene 1999
Con especial referencia a las travesías y tramos urbanos, podrán suscribirse acuerdos de cooperación con los municipios afectados, a fin de compartir las cargas y servicios entre las Administraciones afectadas.
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eli/es-ar/l/1998/12/17/8#art-22

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