Art. 11

En vigor desde 21 dic 1997
1. El coste efectivo anual de la atribución de las competencias a que se refiere esta Ley, asciende a 616.176.980 pesetas para el año 1998. El coste efectivo experimentará las variaciones en función de las remuneraciones concretas que afecten al personal respecto del capítulo I, y del índice de precios al consumo en cuanto al resto de capítulos y a los costes indirectos. 2. La cuantificación del coste efectivo se ha realizado de conformidad con las siguientes valoraciones: Consejo Insular de Mallorca: Capítulo I: 67.670.275 pesetas. Capítulo II: 219.956.295 pesetas. Capítulo IV: 174.259.101 pesetas. Total coste efectivo: 461.885.671 pesetas. Consejo Insular de Menorca: Capítulo I: 22.637.608 pesetas. Capítulo II: 17.523.135 pesetas. Capítulo IV: 27.855.000 pesetas. Total coste efectivo: 68.015.743 pesetas. Consejo Insular de Eivissa y Formentera: Capítulo I: 30.134.338 pesetas. Capítulo II: 26.447.910 pesetas. Capítulo IV: 29.693.318 pesetas. Total coste efectivo: 86.275.566 pesetas.
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eli/es-ib/l/1997/12/18/8#art-11

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