Título TÍTULO IX

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 9 nov 1995
En virtud de esta Ley se incluyen en el inventario general del patrimonio cultural de Galicia todos aquellos bienes recogidos en los catálogos de las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento de las provincias de A Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra, aprobadas por la Orden de la Consejería de Ordenación del Territorio y Obras Públicas de 3 de abril de 1991, así como los contenidos en los catálogos de cualquier otra figura de planeamiento.
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eli/es-ga/l/1995/10/30/8#disposicion-adicional-segunda

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