Título TÍTULO IX
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 9 nov 1995
La Consejería de Cultura promoverá la preparación adecuada de los funcionarios encargados de la administración y custodia del patrimonio cultural de Galicia.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/1995/10/30/8#disposicion-adicional-tercera