Título TÍTULO III

Art. 46

Derogado
En vigor desde 1 ene 1996
Constituyen infracción administrativa la inobservancia o la vulneración de las prescripciones contenidas en la normativa aplicable, en las ordenanzas y en el resto de normas municipales.
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eli/es-ib/l/1995/03/30/8#art-46

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