Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 13

En vigor desde 7 oct 2010
1. Cualquier cambio de una actividad ferial que afecte a los datos que figuran en el Registro de Actividades Feriales se tiene que comunicar al departamento competente de la Generalidad, a fin de que sean actualizadas. 2. Los datos que figuran en el Registro de Actividades Feriales tienen carácter público, de acuerdo con los procedimientos de acceso y difusión establecidos por reglamento. Se modifica por el art. 52 del Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre. Ref. BOE-A-2010-16139 .

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eli/es-ct/l/1994/05/25/8#art-13

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