Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 68

En vigor desde 22 ene 1995
Los nombramientos, renovaciones, reelecciones, provisión de vacantes y ceses de los miembros que componen los distintos órganos de gobierno de· las Cajas de Ahorros, y del Director general de las mismas, deberán comunicarse a la Consejería de Economía y Hacienda en un plazo máximo de quince días desde que se produzca cualquiera de estas incidencias.
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eli/es-ex/l/1994/12/23/8#art-68

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