Título TÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 15 ene 1987
En el plazo de dos meses desde la constitución de la Biblioteca de Aragón el Departamento de Cultura y Educación aprobará el reglamento orgánico de la misma, elaborada con participación de la Comisión Asesora de Bibliotecas.
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Proeli/es-ar/l/1986/12/19/8#disposicion-final-tercera