Título TÍTULO III

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 15 ene 1987
La Diputación General desarrollará reglamentariamente en el plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta Ley la composición y funciones de la Comisión Asesora de Bibliotecas.
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eli/es-ar/l/1986/12/19/8#disposicion-final-segunda

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