Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Política cloud del sector público autonómico

Art. 11

En vigor desde 14 mar 2023
La definición del modelo cloud corresponderá a la entidad Aragonesa de Servicios Telemáticos, que, a estos efectos, será la competente para llevar a cabo las siguientes funciones: a) Realizar los procesos necesarios para la calificación de soluciones y servicios en la nube para el sector público autonómico y otorgar la calificación Solución Cloud Certificada de Aragón (SCCA) regulada en el capítulo III. b) Proporcionar al sector público autonómico un punto de conexión con los diferentes proveedores cloud para facilitar el desarrollo de servicios y soluciones. c) Establecer acuerdos de nivel de servicio estandarizados de aplicación a los distintos proveedores cloud , que garanticen la calidad, la seguridad, la confidencialidad, la resiliencia y la sostenibilidad.
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eli/es-ar/l/2023/02/23/7#art-11

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