Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 109
En vigor desde 14 abr 2023
Las medidas en medio abierto serán ejecutadas bajo la supervisión de técnicos y técnicas del Equipo de Intervención en medidas judiciales (en adelante, Equipo de Intervención) adscritos a las delegaciones provinciales de la consejería competente en materia de servicios sociales, bien directamente, bien a través de concierto u otra forma de colaboración con otras entidades públicas o privadas.
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Proeli/es-cm/l/2023/03/10/7#art-109