Título TÍTULO III

Art. 15

En vigor desde 20 ago 2015
1. Las personas mayores de edad y con la condición política de gallegos podrán participar en la tramitación parlamentaria de las leyes remitiendo sus sugerencias y aportaciones a la Mesa del Parlamento de Galicia antes de la firma del informe de la ponencia de la iniciativa legislativa. 2. Una vez admitidas a trámite las sugerencias y aportaciones, serán entregadas a la ponencia encargada de elaborar el informe de ponencia para su estudio a la vista del texto de la iniciativa legislativa y de las enmiendas presentadas. 3. La Mesa del Parlamento aprobará las normas necesarias para facilitar la presentación de las aportaciones populares mediante medios electrónicos y la información a los autores del estado de tramitación de las iniciativas legislativas.
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eli/es-ga/l/2015/08/07/7#art-15

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